Micelio
Auto4 de mayo de 2023

A- de 2023

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante De Oficio Procesado M.A.L.L.·Demandado M.A.L.L.

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Presupuesto Subjetivo
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal con Funciones de Control de Garantías de Ortega (Tolima) y la jurisdicción especial indígena, Cabildo Indígena Chicuambe Las Brisas de Ortega (Tolima).

Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer un proceso penal adelantado en contra de un ciudadano indígena por el delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años agravado.

La Sala estima que no es posible abordar ese análisis en la medida en que, en el presente caso, no se generó una reclamación expresa de competencia por parte de la jurisdicción ordinaria, tal como se expondrá a continuación.

El análisis de los elementos que obran en el expediente permite afirmar que no se presenta un conflicto de competencia entre el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal con Funciones de Control de Garantías de Ortega (Tolima) y el Cabildo Indígena Chicuambe Las Brisas de Ortega (Tolima) por la falta de acreditación del elemento subjetivo.

Lo anterior, dado que el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal con Funciones de Control de Garantías no reclamó la competencia para conocer los hechos por los que se inició el proceso penal.

Por los motivos antes expuestos, la Sala proferirá una decisión inhibitoria y ordenará la remisión del expediente al Juzgado Segundo Promiscuo Municipal con Funciones de Control de Garantías de Ortega (Tolima) para lo de su competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (24 puntos)
  1. Primero. Declararse INHIBIDA para resolver sobre el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Segundo. Promiscuo Municipal con Funciones de Control de Garantías de Ortega (Tolima) y la jurisdicción especial indígena Cabildo Indígena Chicuambe Las Brisas de Ortega (Tolima) por incumplir el presupuesto subjetivo para su configuración.
  3. Segundo. REMITIR el expediente CJU-3033 al Juzgado
  4. Segundo. Promiscuo Municipal con Funciones de Control de Garantías de Ortega (Tolima) para que proceda con lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
  5. Comuníquese, notifíquese y cúmplase.
  6. DIANA FAJARDO RIVERA
  7. Presidenta
  8. NATALIA ÁNGEL CABO
  9. Magistrada
  10. JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
  11. Magistrado
  12. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  13. Magistrado
  14. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  15. Magistrado
  16. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  17. Magistrado
  18. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  19. Magistrada
  20. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  21. Magistrada
  22. JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
  23. Magistrado
  24. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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